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Artículo 40 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 23 de enero de 1981, por lo que ya no tienes que preocuparte por él. "Derogado" significa que quedó sin efecto, como si lo hubieran borrado. Así que actualmente no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 40.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 23-01-1981

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.