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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 40
Artículo 40 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 23 de enero de 1981, por lo que ya no tienes que preocuparte por él. "Derogado" significa que quedó sin efecto, como si lo hubieran borrado. Así que actualmente no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 40.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 23-01-1981
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