Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/40
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
40

Artículo 40 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 23 de enero de 1981, por lo que ya no tienes que preocuparte por él. "Derogado" significa que quedó sin efecto, como si lo hubieran borrado. Así que actualmente no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 40.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 23-01-1981

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 40 del CÓDIGO de Comercio, explicado | Precedente Legal