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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/423
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
423

Artículo 423 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley. "Derogar" significa que ya no existe ni se aplica. Desde el 31 de agosto de 1935, este artículo dejó de tener validez, así que ya no debes tomarlo en cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 423.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 31-08-1935

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 56) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.