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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 464
Artículo 464 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, fue eliminado oficialmente del código o ley al que pertenecía desde el 27 de agosto de 1932. En términos prácticos, no tienes que preocuparte por él porque ya no existe como regla que debas cumplir. Al estar derogado, es como si la ley hubiera borrado ese requisito o norma.
Texto oficial
Artículo 464.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
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