- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 468
Artículo 468 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. Fue eliminado (derogado) de la ley el 27 de agosto de 1932, junto con todo el capítulo al que pertenecía. Significa que lo que decía antes ya no aplica ni es válido para ninguna situación legal actual. En términos prácticos, no tienes que preocuparte por él, porque legalmente ya no existe.
Texto oficial
Artículo 468.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932 CAPITULO II De la Provisión (Se deroga). CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 59 de 291 Capítulo derogado DOF 27-08-1932
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