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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 471
Artículo 471 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe. Está cancelado o eliminado de la ley desde el 27 de agosto de 1932. Cuando una ley dice “se deroga”, significa que esa regla ya no tiene validez y no se aplica.
Texto oficial
Artículo 471.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
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