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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 475
Artículo 475 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. "Se deroga" significa que fue eliminado de la ley oficialmente desde el 27 de agosto de 1932, así que no tiene ningún efecto legal. Es como si hubiera sido borrado y ya no existe para aplicarlo en ningún caso. No tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 475.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
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