- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 498
Artículo 498 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado oficialmente de la ley desde 1932. Cuando ves que dice "derogado", significa que esa regla ya no existe y no tienes que hacerle caso. Es como si hubieran borrado esa parte del Código de Comercio. No te preocupes por entenderlo, porque ya no aplica en ningún caso.
Texto oficial
Artículo 498.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932 CAPITULO VI Del Pago (Se deroga). Capítulo derogado DOF 27-08-1932 CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 61 de 291
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.