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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/502
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
502

Artículo 502 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe, porque fue eliminado oficialmente el 27 de agosto de 1932, según el Diario Oficial de la Federación. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

Artículo 502.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 61) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.