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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/514
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
514

Artículo 514 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal. En este caso, el artículo 514 fue derogado el 27 de agosto de 1932, por lo que es como si nunca hubiera existido para los casos actuales. No tienes que preocuparte por él porque ya no se aplica.

Texto oficial

Artículo 514.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 61) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.