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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/527
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
527

Artículo 527 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley. No existe ni se aplica desde hace muchos años, porque se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 1932. Básicamente, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido. Si ves la palabra "derogado", significa que la regla fue quitada oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 527.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 62) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.