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Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
54

Artículo 54 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe, está completamente eliminado de la ley. Fue borrado oficialmente el 29 de diciembre de 1992, así que no tiene ningún efecto legal hoy en día. Antes de eso, lo habían modificado dos veces, pero ya no importa. En pocas palabras, este artículo no aplica y no tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

Artículo 54.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 06-01-1954, 27-01-1970. Derogado DOF 29-12-1992

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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