- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 553
Artículo 553 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 553 fue eliminado de la ley el 27 de agosto de 1932, así que ya no existe ni aplica en la actualidad. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no tiene efecto legal y no debes tomarlo en cuenta. En términos simples, es como si nunca hubiera existido para los casos de hoy. No te preocupes por lo que decía, porque ya no es válido.
Texto oficial
Artículo 553.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.