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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/555
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
555

Artículo 555 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. Cuando ves la palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente y ya no tiene ningún efecto. En México, si un artículo está derogado, no debes tomarlo en cuenta porque legalmente ya no vale para nada.

Texto oficial

Artículo 555.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 64) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.