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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 58
Artículo 58 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe, fue eliminado de la ley hace más de treinta años. La palabra "derogado" significa que alguien lo quitó oficialmente, como cuando ya no sirve una regla y la cancelan. Además, lo modificaron en 1970 y después lo borraron del todo en 1992, así que no tienes que preocuparte por él hoy.
Texto oficial
Artículo 58.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 27-01-1970. Derogado DOF 29-12-1992
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.