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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/609
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
609

Artículo 609 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. Aparecía en una ley vieja, pero lo quitaron oficialmente desde 1932. La palabra "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si lo hubieran borrado del libro de leyes. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía porque ya no aplica en la actualidad.

Texto oficial

Artículo 609.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 71) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.