- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 612
Artículo 612 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley en 1932, por lo que ya no existe ni se aplica. Al estar derogado, no tienes que cumplir con ninguna regla ni obligación de ese artículo. Es como si nunca hubiera estado en el Código de Comercio.
Texto oficial
Artículo 612.- (Se deroga). CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 72 de 291 Artículo derogado DOF 27-08-1932
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.