Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/614
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 614
Artículo 614 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 614 ya no existe, porque fue eliminado oficialmente el 27 de agosto de 1932. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En pocas palabras, no hay nada que explicar ni cumplir de este artículo, porque ya no forma parte de la ley.
Texto oficial
Artículo 614.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.