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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/616
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
616

Artículo 616 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. La palabra “derogado” significa que fue eliminado de la ley, por lo que ya no tienes que tomarlo en cuenta. Si necesitas una regla sobre el mismo tema, el artículo fue eliminado desde el 27 de agosto de 1932.

Texto oficial

Artículo 616.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 72) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.