Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/620
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 620
Artículo 620 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 620 fue eliminado de la ley desde el 27 de agosto de 1932, así que ya no está vigente. Cuando un artículo se deroga, significa que queda sin efecto y no se aplica para nada. En este caso, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe legalmente.
Texto oficial
Artículo 620.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.