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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/64
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
64

Artículo 64 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que fue eliminado oficialmente y ya no tiene ningún efecto. Fue quitado de la ley el 29 de diciembre de 1992, así que no tienes que tomarlo en cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 64.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 04-02-1963, 27-01-1970. Derogado DOF 29-12-1992

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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