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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/668
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
668

Artículo 668 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley desde hace muchos años. La palabra "derogado" significa que quedó cancelado o sin efecto, como si lo hubieran borrado. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido. Fue quitado oficialmente en dos ocasiones: una en 1963 y otra en 1994.

Texto oficial

Artículo 668.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 75) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.