- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 688
Artículo 688 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo está derogado, es decir, ya no es válido ni se aplica en la ley actual. Se eliminó oficialmente en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y luego otra vez el 4 de enero de 1994. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por su contenido porque ya no existe ni tiene efecto legal. Simplemente ignóralo, como si nunca hubiera estado en el código.
Texto oficial
Artículo 688.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.