- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 699
Artículo 699 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que se eliminó por completo el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. También se quitó todo el capítulo que hablaba sobre los oficiales y la tripulación del barco. En pocas palabras, ya no hay que tomar en cuenta esta parte de la ley porque está cancelada.
Texto oficial
Artículo 699.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994 CAPITULO III De los Oficiales y Tripulación del Buque (Se deroga). Capítulo derogado DOF 21-11-1963
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.