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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/712
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
712

Artículo 712 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado oficialmente (derogado) en dos ocasiones: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego el 4 de enero de 1994. En otras palabras, ya no tiene validez legal ni aplica en ningún caso. Lo único que te dice es que fue borrado de la ley. No debes tomarlo en cuenta.

Texto oficial

Artículo 712.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.