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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 725
Artículo 725 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley. Cuando una ley se deroga, significa que ya no tiene efecto legal y no se puede aplicar. Las fechas indican cuándo se eliminó oficialmente en el Diario Oficial de la Federación. Así que puedes ignorarlo por completo, como si nunca hubiera existido.
Texto oficial
Artículo 725.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
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