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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/747
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
747

Artículo 747 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 747 ya no existe, porque fue eliminado de la ley. Esto se llama "derogado", que significa que ya no tiene validez legal. Fue quitado en dos fechas: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego de nuevo el 4 de enero de 1994. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por él, no aplica a ninguna situación actual.

Texto oficial

Artículo 747.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 80) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.