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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/779
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
779

Artículo 779 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no aplica, porque fue eliminado de la ley. "Derogado" significa que dejó de tener efecto. Lo quitaron oficialmente en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, ya no existe legalmente.

Texto oficial

Artículo 779.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 82) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.