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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 779
Artículo 779 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no aplica, porque fue eliminado de la ley. "Derogado" significa que dejó de tener efecto. Lo quitaron oficialmente en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, ya no existe legalmente.
Texto oficial
Artículo 779.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.