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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/901
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
901

Artículo 901 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Fue eliminado oficialmente de la ley en dos momentos: el 21 de noviembre de 1963 y después el 4 de enero de 1994. Al decir que está "derogado", significa que dejó de aplicarse por completo, como si nunca hubiera existido. No tienes que preocuparte por él, porque ya no tiene ningún efecto legal. Lo único que importa es el aviso de su eliminación.

Texto oficial

Artículo 901.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 90) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.