Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/921
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 921
Artículo 921 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, está eliminado o "derogado", como le decimos. Las fechas que ves son cuando lo quitaron de la ley, la primera en 1963 y la otra en 1994. A veces los artículos se borran porque cambian las reglas o ya no son necesarios. Así que, en corto, esto ya no existe y no tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 921.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.