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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 932
Artículo 932 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. "Derogado" significa que lo quitaron oficialmente, como cuando ya no aplica una regla. Las fechas indican cuándo lo borraron: primero en 1963 y luego otra vez en 1994. Así que ni te preocupes por él, es como si nunca hubiera existido.
Texto oficial
Artículo 932.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.