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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 935
Artículo 935 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no tiene efecto legal, como si lo hubieran borrado. Por lo tanto, no puedes usarlo para resolver ningún asunto o como base para un reclamo.
Texto oficial
Artículo 935.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
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