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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 941
Artículo 941 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no tiene validez y no se puede aplicar. La última vez que se quitó fue el 4 de enero de 1994. Así que, si ves ese número en un documento, ignóralo.
Texto oficial
Artículo 941.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.