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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 945
Artículo 945 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. Cuando dice que está "derogado", significa que quedó cancelado oficialmente desde el 20 de abril de 1943, así que ya no tiene ningún efecto.
Texto oficial
Artículo 945.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943
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