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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/945
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
945

Artículo 945 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. Cuando dice que está "derogado", significa que quedó cancelado oficialmente desde el 20 de abril de 1943, así que ya no tiene ningún efecto.

Texto oficial

Artículo 945.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 93) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.