- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 948
Artículo 948 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. Cuando se dice que "se deroga" significa que fue eliminado oficialmente desde el 20 de abril de 1943, así que ya no tiene ningún efecto legal ni aplica para nada. Básicamente, es como si la ley hubiera borrado esa regla y ya no tienes que preocuparte por ella. No tienes que hacer ni dejar de hacer nada por este artículo, porque ya no es válido.
Texto oficial
Artículo 948.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.