- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 961
Artículo 961 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente y dejó de tener efectos desde el 20 de abril de 1943. Como está derogado todo el capítulo que hablaba de los efectos de la quiebra, no hay ninguna regla que aplicar en este caso. En pocas palabras, esta parte de la ley ya no sirve para nada.
Texto oficial
Artículo 961.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943 CAPITULO III De los Efectos del Estado de Quiebra (Se deroga). Capítulo derogado DOF 20-04-1943
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.