Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/974
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
974

Artículo 974 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley, por lo que ya no tiene ningún efecto legal. La derogación significa que dejó de existir oficialmente desde el 20 de abril de 1943. No tienes que preocuparte por este artículo, porque ya no aplica en ningún caso. Las reglas que antes estaban aquí ya no existen.

Texto oficial

Artículo 974.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 95) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.