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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 995
Artículo 995 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley desde el 20 de abril de 1943, así que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Significa que lo que decía antes ya no aplica, como si nunca hubiera estado escrito. No te preocupes por él, no te afecta ni tienes que cumplir con nada de eso.
Texto oficial
Artículo 995.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.