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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/995
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
995

Artículo 995 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley desde el 20 de abril de 1943, así que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Significa que lo que decía antes ya no aplica, como si nunca hubiera estado escrito. No te preocupes por él, no te afecta ni tienes que cumplir con nada de eso.

Texto oficial

Artículo 995.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 20-04-1943

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 96) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.