- Ley
- Código Fiscal de la Ciudad de México
- Artículo
- 245
Artículo 245 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para sacar un permiso para trabajar en seguridad privada en la Ciudad de México, debes pagar una cantidad según el tipo de servicio. Por ejemplo, la seguridad personal cuesta $20,623 pesos al año, y la vigilancia de bienes vale $19,477 pesos. Si renuevas ese permiso cada año, pagas lo mismo que la primera vez. Las licencias para prestar servicios a terceros cuestan $460 pesos, y si las repones por pérdida, son $308 pesos. Si tu empresa pide cambiar o ampliar lo que ya tiene autorizado, se cobra igual que si fuera un permiso nuevo.
Texto oficial
ARTÍCULO 245.- Por el otorgamiento de permisos, licencias y autorizaciones, por un año, para prestar servicios o realizar actividades de seguridad privada en la Ciudad de México, así como por su revalidación, conforme a lo establecido en la legislación de la materia para la Ciudad de México, se pagarán derechos de acuerdo a las cuotas que a continuación se establecen: Permisos: Seguridad y protección personal……………………………………………………………………..$20,623.00 Vigilancia y protección de bienes…………………………………………………………………….$19,477.00 Custodia, traslado y vigilancia de bienes o valores…………………………………………………$22,915.00 Localización e información de personas y bienes…………………………………………………$18,336.00 Actividades inherentes a la seguridad privada……………………………………………………..$17,417.00 Fracciones reformadas en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Por la revalidación anual de los permisos a que se refiere este inciso, se pagará el mismo monto que se pagó por su expedición. Licencias tipos "A" o "B", para la prestación de servicios de seguridad privada a terceros ………………………………………………………………………………….…………………………………………$460.00 Por la reposición de las licencias a que se refiere el inciso anterior……………………………………….$308.00 Inciso reformado en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Por la revalidación anual de las licencias a que se refiere este inciso, se pagará el mismo monto que se pagó por su expedición. Autorizaciones a personas físicas o morales, para que realicen actividades de seguridad privada ……………………………………………………………………………………………………………………$6,878.00 Inciso reformado en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25 Por la revalidación anual de las autorizaciones a que se refiere este inciso, se pagará el mismo monto que se pagó por su otorgamiento. En los casos en que las empresas a que este artículo se refiere, soliciten una modificación o ampliación de los servicios autorizados, se aplicarán las cuotas señaladas en las fracciones anteriores, para cada uno de los supuestos señalados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.