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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ambiental/101
Ley
Ley Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
101

Artículo 101 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a crear y poner en marcha programas, estrategias y políticas públicas para que las comunidades rurales de la Ciudad de México crezcan de forma sostenible y resistente a problemas como desastres naturales. Esto significa que buscarán mejorar el campo sin dañar el medio ambiente y preparando a la gente para enfrentar crisis. En pocas palabras, es un plan del gobierno para que el campo de la CDMX esté más fuerte y dure a largo plazo.

Texto oficial

Artículo 101.- La Secretaría desarrollará e implementará, programas, estrategias y políticas públicas, tendientes al desarrollo sustentable y resiliente de las comunidades rurales de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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