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Ley
Ley Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
12

Artículo 12 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno de la Ciudad de México va a trabajar junto con el gobierno federal, los gobiernos de otros estados y las alcaldías de zonas cercadas para cuidar el medio ambiente. Esto incluye acciones como proteger la naturaleza, usar los recursos naturales de manera responsable y reparar los daños ecológicos. Todo esto lo hará siguiendo las reglas que marcan la Constitución de México y la de la Ciudad de México. Básicamente, se ponen de acuerdo para echar la mano entre todos en temas ecológicos.

Texto oficial

Artículo 12.- El Gobierno de la Ciudad de México participará en los términos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política de la Ciudad de México, en la planeación y ejecución de acciones coordinadas con la Federación, las Entidades Federativas y las alcaldías y los municipios conurbados, en materias de protección al ambiente, conservación, aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, preservación y restauración del equilibrio ecológico.

Ver texto oficial de la Ley Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.