- Ley
- Ley Ambiental de la Ciudad de México
- Artículo
- 12
Artículo 12 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobierno de la Ciudad de México va a trabajar junto con el gobierno federal, los gobiernos de otros estados y las alcaldías de zonas cercadas para cuidar el medio ambiente. Esto incluye acciones como proteger la naturaleza, usar los recursos naturales de manera responsable y reparar los daños ecológicos. Todo esto lo hará siguiendo las reglas que marcan la Constitución de México y la de la Ciudad de México. Básicamente, se ponen de acuerdo para echar la mano entre todos en temas ecológicos.
Texto oficial
Artículo 12.- El Gobierno de la Ciudad de México participará en los términos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política de la Ciudad de México, en la planeación y ejecución de acciones coordinadas con la Federación, las Entidades Federativas y las alcaldías y los municipios conurbados, en materias de protección al ambiente, conservación, aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, preservación y restauración del equilibrio ecológico.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.