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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ambiental/242
Ley
Ley Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
242

Artículo 242 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a hacer unos planes llamados programas de contingencias ambientales. Ahí van a decir en qué situaciones se declara una contingencia (como cuando hay mucha contaminación) y qué medidas se van a tomar para solucionarla o reducir sus efectos. Básicamente, es un instructivo para saber qué hacer y cuándo actuar durante una emergencia ambiental.

Texto oficial

Artículo 242.- La Secretaría emitirá los programas de contingencias ambientales en los que se establecerán las condiciones ante las cuales es procedente la determinación de estado de contingencia, así como las medidas aplicables para hacerles frente.

Ver texto oficial de la Ley Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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