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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ambiental/266
Ley
Ley Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
266

Artículo 266 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) tiene la obligación de asegurarse de que la ciudadanía participe de manera activa y responsable en las decisiones sobre el medio ambiente, tal como lo marca la Ley de Participación Ciudadana. Esto significa que tú y cualquier persona pueden opinar y colaborar en cómo se crean, aplican y revisan las políticas ambientales. Además, esa política debe incluir las mejores formas para que la gente participe, por ejemplo, al hacer programas para proteger el ambiente o para educar sobre estos temas. En pocas palabras, el gobierno no puede tomar decisiones ambientales a escondidas, sino que tiene que abrir espacios para que la ciudadanía se involucre.

Texto oficial

Artículo 266.- La Secretaría deberá garantizar y promover la participación corresponsable de la ciudadanía, en la toma de decisiones, en términos de la Ley de Participación Ciudadana, tanto en la formulación, ejecución y evaluación de la política ambiental. La política ambiental deberá garantizar los mecanismos de participación ciudadana más efectivos en la toma de decisiones, en la elaboración de los programas de protección ambiental y de educación en la materia.

Ver texto oficial de la Ley Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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