Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ambiental/323
Ley
Ley Ambiental de la Ciudad de México
Artículo
323

Artículo 323 de la Ley Ambiental de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno autoriza obras públicas importantes que afectan árboles o áreas verdes, a veces no se puede compensar ese daño plantando nuevos árboles o restaurando el espacio. En esos casos, la Secretaría del Medio Ambiente puede pedir que los responsables paguen una compensación económica en lugar de hacerlo físicamente. Ese dinero debe ir al Fondo Ambiental Público y tiene que ser al menos el 3% del costo total del proyecto, aunque ese porcentaje puede cambiar según el tipo de obra. Además, los responsables tendrán que hacerse cargo del mantenimiento de las áreas verdes afectadas durante el tiempo que marque la ley ambiental.

Texto oficial

Artículo 323.- En las resoluciones administrativas de impacto ambiental, mediante las cuales se autoricen de manera condicionada proyectos de obra pública de interés general que impliquen la afectación de arbolado y/o área verde permeable, cuya compensación física por razones técnicas justificadas sea de imposible ejecución; o que por cuestiones administrativas se contraponga con los términos y plazos establecidos en el contrato de obra pública respectivo, o bien, no se prevean recursos económicos para la compensación de los impactos negativos que generen dichas obras y/o actividades; la Secretaría determinará la compensación económica que los promoventes deberán aportar al Fondo Ambiental Público al menos el tres por ciento del monto total de inversión, el cual, podrá modificarse atendiendo a las características de cada proyecto; así como el mantenimiento por el tiempo que establezca la norma ambiental correspondiente.

Ver texto oficial de la Ley Ambiental de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.