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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-archivos/114
Ley
Ley de Archivos de la Ciudad de México
Artículo
114

Artículo 114 de la Ley de Archivos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los juzgados de la Ciudad de México son los que tienen la autoridad para castigar los delitos que menciona esta ley, pero solo cuando el caso se ve por primera vez. Esto significa que si alguien comete un delito relacionado con lo que dice esta ley, el primer juicio se hace en los tribunales de la Ciudad de México. Ahí es donde deciden si la persona es culpable y le aplican la sanción correspondiente. Es como decir que estos tribunales son los encargados de atender el caso desde el principio.

Texto oficial

Artículo 114. Los Tribunales de la Ciudad de México serán, en primera instancia, los competentes para sancionar los delitos establecidos en esta Ley. TITULO TERCERO De la Garantía del Derecho a la Verdad a través de los Archivos

Ver texto oficial de la Ley de Archivos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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