- Ley
- Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobierno se va a poner de acuerdo con los que venden productos o servicios de ayuda social (como medicinas, comida o equipo) para asegurarse de que sean de buena calidad y lleguen a tiempo. Esto lo hará siguiendo las reglas que se creen para eso. En pocas palabras, buscan que lo que se necesita para ayudar a la gente esté disponible rápido y en buen estado.
Texto oficial
Artículo 24.- El Gobierno fomentará la coordinación con los proveedores de insumos para la asistencia social, a fin de garantizar su calidad y disposición oportuna, en los términos de las disposiciones que al efecto se expidan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.