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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-asistencia-integracion-social/26
Ley
Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México
Artículo
26

Artículo 26 de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a dar apoyos en impuestos (como pagar menos impuestos) para que empresas, organizaciones o grupos de la sociedad se animen a participar en servicios de ayuda a personas vulnerables, como ancianatos o comedores comunitarios. Esto lo hará siempre siguiendo las leyes que ya existen. En pocas palabras, busca incentivar a los privados y a la sociedad a colaborar en estos servicios, ofreciéndoles beneficios fiscales.

Texto oficial

Artículo 26.- El Gobierno promoverá el otorgamiento de estímulos fiscales para inducir la participación de los sectores privado y social en la prestación de los servicios de asistencia e integración social, conforme a las disposiciones legales aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Asistencia e Integración Social de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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