- Ley
- Ley de Bebé Seguro de la Ciudad de México
- Artículo
- 16
Artículo 16 de la Ley de Bebé Seguro de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El DIF de la Ciudad de México puede quitar o cancelar el apoyo económico que te dan, si tú (como mamá o papá que recibe el dinero) no cumples con alguna de las obligaciones que marca la ley, el reglamento o el convenio que firmaste. También te lo pueden quitar si descubren que ya no cumples con los requisitos del programa, por ejemplo, si tu hijo o hija tiene entre 6 meses y tú no le das solo leche materna (pecho) sin que haya una razón médica que lo justifique. Esto significa que debes seguir al pie de la letra lo acordado para que no pierdas el apoyo.
Texto oficial
Artículo 16.- El DIF-CDMX podrá suspender y en su caso cancelar el apoyo económico a los derechohabientes de esta ley, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en ella o en la normatividad regulatoria, en las leyes aplicables o en el Convenio respectivo o bien cuando se detecte el incumplimiento en alguno de los requisitos señalados en el Reglamento de la presente Ley o las Reglas de Operación vigentes del Programa, entre ellas, cuando la niña o niño se encuentre en el rango de 6 meses y la madre del derechohabiente no proporcione lactancia materna exclusiva, sin una razón médica. CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO, SUPERVISIÓN Y CONTROL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.