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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-bebe-seguro/17
Ley
Ley de Bebé Seguro de la Ciudad de México
Artículo
17

Artículo 17 de la Ley de Bebé Seguro de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México es el encargado de hacer las reglas y políticas para que funcione el Programa Bebé Seguro CDMX. También tiene que asegurarse de que todas las actividades del programa se sigan haciendo bien para que realmente funcione. Además, debe promocionarlo de manera clara y amplia, usando medios impresos (como folletos o carteles) y electrónicos (como internet o redes sociales) que tenga a su alcance.

Texto oficial

Artículo 17.- El Gobierno de la Ciudad de México elaborará las políticas y reglas para la operación del Programa BEBÉ SEGURO CDMX y cuidará que se sigan realizando las actividades que garanticen la efectividad del mismo, así como su correcta y amplia difusión a través de medios impresos y electrónicos a su alcance.

Ver texto oficial de la Ley de Bebé Seguro de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.