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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-bebe-seguro/9
Ley
Ley de Bebé Seguro de la Ciudad de México
Artículo
9

Artículo 9 de la Ley de Bebé Seguro de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te den este apoyo económico para tu bebé, debes cumplir estos requisitos: que tu hijo haya nacido y viva en la Ciudad de México, y que tenga menos de 12 meses de edad. También es necesario que tu situación económica dificulte que puedas darle una alimentación adecuada, lo cual se revisará según un estudio socioeconómico que pide el programa. Eso sí, que te acepten depende de que haya dinero suficiente en el presupuesto para pagar los apoyos.

Texto oficial

Artículo 9.- El apoyo económico será entregado a la madre, padre y/o responsable, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: Que la niña o niño haya nacido y resida en la Ciudad de México; Tener menos de doce meses de nacido; DEROGADO Que su condición social estructural impida el acceso adecuado a la seguridad alimentaria para el recién nacido, por lo que se deberá cubrir con el perfil socioeconómico establecido en las Reglas de Operación del Programa. El acceso al programa en todo momento se sujetará a la suficiencia presupuestal disponible.

Ver texto oficial de la Ley de Bebé Seguro de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.