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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-centros-penitenciarios/34
Ley
Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México
Artículo
34

Artículo 34 de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México puede crear un programa de descuentos o beneficios en impuestos para personas o empresas que firmen un acuerdo para que las personas en prisión trabajen en actividades en los centros penitenciarios. Esto aplica tanto para personas como para negocios (como empresas o asociaciones) que colaboren con el sistema de cárceles de la Ciudad. En pocas palabras, si ayudas a que las personas presas trabajen, el gobierno puede darte un incentivo fiscal, que es como un premio en tus impuestos.

Texto oficial

Artículo 34. El Gobierno de la Ciudad de México podrá implementar un programa de incentivos fiscales para las personas físicas, morales o jurídicas con las que se celebren convenios para la realización de actividades laborales por parte de las personas privadas de la libertad en las instituciones del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México. CAPÍTULO IV De la Educación

Ver texto oficial de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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